Índice:
Artículo 1 - Definiciones
Artículo 2 - Identidad del empresario
Artículo 3 - Ámbito de aplicación
Artículo 4 - La oferta
Artículo 5 - El contrato
Artículo 6 - Derecho de desistimiento
Artículo 7 - Obligaciones del consumidor durante el plazo de desistimiento
Artículo 8 - Ejercicio del derecho de desistimiento por parte del consumidor y costes derivados
Artículo 9 - Obligaciones del empresario en caso de desistimiento
Artículo 10 - Exclusión del derecho de desistimiento
Artículo 11 - El precio
Artículo 12 - Cumplimiento del contrato y garantía adicional
Artículo 13 - Entrega y ejecución
Artículo 14 - Transacciones de duración continuada: duración, rescisión y prórroga
Artículo 15 - Pago
Artículo 16 - Gestión de reclamaciones
Artículo 17 - Disposiciones adicionales o divergentes
Artículo 1 - Definiciones
En las presentes condiciones se entiende por:
Contrato complementario: un contrato por el que el consumidor adquiere productos, contenido digital y/o servicios en relación con un contrato a distancia y esos bienes, ese contenido digital y/o esos servicios son suministrados por el empresario o por un tercero sobre la base de un acuerdo entre ese tercero y el empresario;
Plazo de desistimiento: el plazo dentro del cual el consumidor puede ejercer su derecho de desistimiento;
Consumidor: la persona física que no actúa con fines relacionados con su actividad comercial, empresarial, artesanal o profesional;
Día: día natural;
Contenido digital: datos producidos y suministrados en formato digital;
Contrato de duración continuada: un contrato que tiene por objeto la entrega regular de bienes, servicios y/o contenido digital durante un periodo determinado;
Soporte duradero: todo instrumento - incluido el correo electrónico - que permita al consumidor o al empresario almacenar información dirigida a él personalmente de un modo que permita su consulta o utilización futura durante un periodo acorde con la finalidad a la que está destinada la información, y que permita la reproducción sin cambios de la información almacenada;
Derecho de desistimiento: la posibilidad del consumidor de desistir del contrato a distancia dentro del plazo de desistimiento;
Empresario: la persona física o jurídica que ofrece a distancia a los consumidores productos, (el acceso a) contenido digital y/o servicios;
Contrato a distancia: un contrato que se celebra entre el empresario y el consumidor en el marco de un sistema organizado de venta a distancia de productos, contenido digital y/o servicios, en el que, hasta la celebración del contrato inclusive, se utilizan exclusiva o parcialmente una o varias técnicas de comunicación a distancia;
Modelo de formulario de desistimiento: el modelo europeo de formulario de desistimiento recogido en el Anexo I de las presentes condiciones. No es necesario poner el Anexo I a disposición del consumidor si este no tiene derecho de desistimiento respecto de su pedido;
Técnica de comunicación a distancia: medio que puede utilizarse para celebrar un contrato sin que el consumidor y el empresario tengan que encontrarse simultáneamente en el mismo espacio.
Artículo 2 - Identidad del empresario
Vitavien
Ruwekampweg 6
5222 AT Den Bosch
Países Bajos
Correo electrónico: service@vitavienhome.com
Registro Mercantil neerlandés (KvK): 08218963
Número de IVA: NL002436357B98
Artículo 3 - Ámbito de aplicación
1. Las presentes condiciones generales se aplican a toda oferta del empresario y a todo contrato a distancia celebrado entre el empresario y el consumidor.
2. Antes de celebrarse el contrato a distancia, se pone el texto de las presentes condiciones generales a disposición del consumidor. Si ello no es razonablemente posible, el empresario indicará, antes de celebrarse el contrato a distancia, de qué modo pueden consultarse las condiciones generales del empresario y que estas se enviarán gratuitamente lo antes posible a petición del consumidor.
3. Si el contrato a distancia se celebra por vía electrónica, podrá ponerse a disposición del consumidor el texto de las presentes condiciones generales por vía electrónica, no obstante lo dispuesto en el apartado anterior y antes de celebrarse el contrato a distancia, de tal modo que el consumidor pueda almacenarlo de forma sencilla en un soporte duradero. Si ello no es razonablemente posible, se indicará, antes de celebrarse el contrato a distancia, dónde pueden consultarse las condiciones generales por vía electrónica y que estas se enviarán gratuitamente, a petición del consumidor, por vía electrónica o de otro modo.
4. En caso de que, además de las presentes condiciones generales, sean aplicables condiciones específicas de producto o de servicio, los apartados segundo y tercero se aplicarán por analogía y el consumidor podrá invocar siempre, en caso de condiciones contradictorias, la disposición aplicable que le resulte más favorable.
Artículo 4 - La oferta
1. Si una oferta tiene un plazo de validez limitado o se realiza bajo condiciones, se indicará expresamente en la oferta.
2. La oferta contiene una descripción completa y precisa de los productos, el contenido digital y/o los servicios ofrecidos. La descripción es lo bastante detallada para permitir al consumidor valorar adecuadamente la oferta. Si el empresario utiliza imágenes, estas son una representación fiel de los productos, servicios y/o contenido digital ofrecidos. Las equivocaciones manifiestas o los errores manifiestos en la oferta no vinculan al empresario.
3. Cada oferta contiene la información necesaria para que al consumidor le quede claro cuáles son los derechos y las obligaciones vinculados a la aceptación de la oferta.
Artículo 5 - El contrato
1. El contrato se perfecciona, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 4, en el momento en que el consumidor acepta la oferta y cumple las condiciones establecidas al efecto.
2. Si el consumidor ha aceptado la oferta por vía electrónica, el empresario confirmará sin demora por vía electrónica la recepción de la aceptación de la oferta. Mientras el empresario no haya confirmado la recepción de esa aceptación, el consumidor podrá resolver el contrato.
3. Si el contrato se perfecciona por vía electrónica, el empresario adoptará las medidas técnicas y organizativas adecuadas para proteger la transmisión electrónica de datos y velará por un entorno web seguro. Si el consumidor puede pagar por vía electrónica, el empresario observará al efecto las medidas de seguridad adecuadas.
4. El empresario puede informarse - dentro de los límites legales - de si el consumidor puede cumplir sus obligaciones de pago, así como de todos aquellos hechos y factores que son relevantes para celebrar de forma responsable el contrato a distancia. Si, sobre la base de esa comprobación, el empresario tiene motivos fundados para no celebrar el contrato, estará facultado para rechazar de forma motivada un pedido o una solicitud, o para someter su ejecución a condiciones especiales.
5. A más tardar en el momento de la entrega del producto, del servicio o del contenido digital, el empresario remitirá al consumidor la siguiente información, por escrito o de tal modo que el consumidor pueda almacenarla de forma accesible en un soporte duradero:
- la dirección física del establecimiento del empresario a la que el consumidor puede dirigir sus reclamaciones;
- las condiciones en las que el consumidor puede ejercer el derecho de desistimiento y la forma de hacerlo, o bien una indicación clara de que ese derecho está excluido;
- la información sobre garantías y sobre el servicio posventa existente;
- el precio del producto, servicio o contenido digital, incluidos todos los impuestos; en su caso, los gastos de entrega; y la forma de pago, entrega o ejecución del contrato a distancia;
- los requisitos para la rescisión del contrato si el contrato tiene una duración superior a un año o es de duración indefinida;
- si el consumidor tiene derecho de desistimiento, el modelo de formulario de desistimiento.
6. En caso de una transacción de duración continuada, lo dispuesto en el apartado anterior solo se aplica a la primera entrega.
Artículo 6 - Derecho de desistimiento
En el caso de productos:
1. El consumidor puede resolver un contrato relativo a la compra de un producto durante un plazo de desistimiento de 14 días como mínimo, sin necesidad de indicar los motivos. El empresario puede preguntar al consumidor el motivo del desistimiento, pero no puede obligarle a indicar su motivo o motivos.
2. El plazo de desistimiento mencionado en el apartado 1 comienza el día siguiente a aquel en que el consumidor, o un tercero designado previamente por el consumidor que no sea el transportista, ha recibido el producto, o bien:
- si el consumidor ha pedido varios productos en un mismo pedido: el día en que el consumidor, o un tercero designado por él, ha recibido el último producto. El empresario puede rechazar un pedido de varios productos con distintos plazos de entrega, siempre que haya informado de ello claramente al consumidor antes del proceso de pedido.
- si la entrega de un producto consta de varios envíos o partes: el día en que el consumidor, o un tercero designado por él, ha recibido el último envío o la última parte;
- en los contratos de entrega regular de productos durante un periodo determinado: el día en que el consumidor, o un tercero designado por él, ha recibido el primer producto.
En el caso de servicios y de contenido digital no suministrado en un soporte material:
3. El consumidor puede resolver un contrato de servicios y un contrato de suministro de contenido digital no suministrado en un soporte material durante 14 días como mínimo, sin necesidad de indicar los motivos. El empresario puede preguntar al consumidor el motivo del desistimiento, pero no puede obligarle a indicar su motivo o motivos.
4. El plazo de desistimiento mencionado en el apartado 3 comienza el día siguiente al de la celebración del contrato.
Plazo de desistimiento ampliado para productos, servicios y contenido digital no suministrado en un soporte material cuando no se informa sobre el derecho de desistimiento:
5. Si el empresario no ha facilitado al consumidor la información legalmente obligatoria sobre el derecho de desistimiento o el modelo de formulario de desistimiento, el plazo de desistimiento finaliza doce meses después del término del plazo de desistimiento inicial determinado conforme a los apartados anteriores de este artículo.
6. Si el empresario ha facilitado al consumidor la información a que se refiere el apartado anterior dentro de los doce meses siguientes a la fecha de inicio del plazo de desistimiento inicial, el plazo de desistimiento expira 14 días después del día en que el consumidor ha recibido esa información.
Artículo 7 - Obligaciones del consumidor durante el plazo de desistimiento
1. Durante el plazo de desistimiento, el consumidor tratará el producto y el embalaje con cuidado. Solo desembalará o utilizará el producto en la medida necesaria para determinar la naturaleza, las características y el funcionamiento del producto. El principio es que el consumidor solo puede manipular e inspeccionar el producto como lo haría en una tienda.
2. El consumidor únicamente responde de la depreciación del producto que sea consecuencia de un modo de tratar el producto que vaya más allá de lo permitido en el apartado 1.
3. El consumidor no responde de la depreciación del producto si el empresario no le ha facilitado, antes de celebrarse el contrato o en el momento de celebrarlo, toda la información legalmente obligatoria sobre el derecho de desistimiento.
Artículo 8 - Ejercicio del derecho de desistimiento por parte del consumidor y costes derivados
1. Si el consumidor ejerce su derecho de desistimiento, lo comunicará al empresario dentro del plazo de desistimiento mediante el modelo de formulario de desistimiento o de otra forma inequívoca.
2. Lo antes posible, y en todo caso dentro de los 14 días siguientes al día de la comunicación mencionada en el apartado 1, el consumidor devolverá el producto o lo entregará al empresario (o a una persona autorizada por él). Esto no es necesario si el empresario ha ofrecido recoger el producto él mismo. En todo caso, el consumidor habrá respetado el plazo de devolución si devuelve el producto antes de que haya expirado el plazo de desistimiento.
3. El consumidor devolverá el producto con todos los accesorios suministrados, si es razonablemente posible en su estado y embalaje originales, y conforme a las instrucciones razonables y claras facilitadas por el empresario.
4. El riesgo y la carga de la prueba del ejercicio correcto y en plazo del derecho de desistimiento corresponden al consumidor.
5. El consumidor asume los costes directos de la devolución del producto. Si el empresario no ha comunicado que el consumidor debe asumir esos costes o si el empresario indica que los asume él mismo, el consumidor no tendrá que asumir los costes de la devolución.
6. Si el consumidor desiste después de haber solicitado expresamente que la prestación del servicio o el suministro de gas, agua o electricidad que no estén listos para la venta en un volumen limitado o en una cantidad determinada comience durante el plazo de desistimiento, el consumidor adeudará al empresario un importe proporcional a la parte de la obligación que el empresario haya cumplido en el momento del desistimiento, en comparación con el cumplimiento íntegro de la obligación.
7. El consumidor no asume coste alguno por la prestación de servicios o por el suministro de agua, gas o electricidad que no estén listos para la venta en un volumen o una cantidad limitados, ni por el suministro de calefacción urbana, si:
- el empresario no ha facilitado al consumidor la información legalmente obligatoria sobre el derecho de desistimiento, sobre el reembolso de los costes en caso de desistimiento o el modelo de formulario de desistimiento, o;
- el consumidor no ha solicitado expresamente que la prestación del servicio o el suministro de gas, agua, electricidad o calefacción urbana comience durante el plazo de desistimiento.
8. El consumidor no asume coste alguno por el suministro total o parcial de contenido digital no suministrado en un soporte material, si:
- antes de su suministro no ha dado expresamente su consentimiento para que el cumplimiento del contrato comience antes de que finalice el plazo de desistimiento;
- no ha reconocido que pierde su derecho de desistimiento al dar su consentimiento; o
- el empresario ha omitido confirmar esa declaración del consumidor.
9. Si el consumidor ejerce su derecho de desistimiento, todos los contratos complementarios quedarán resueltos de pleno derecho.
Artículo 9 - Obligaciones del empresario en caso de desistimiento
1. Si el empresario permite la comunicación del desistimiento por parte del consumidor por vía electrónica, enviará sin demora un acuse de recibo tras la recepción de esa comunicación.
2. El empresario reembolsará todos los pagos del consumidor, incluidos los eventuales gastos de entrega que el empresario haya facturado por el producto devuelto, sin demora y en todo caso dentro de los 14 días siguientes al día en que el consumidor le comunique el desistimiento. Salvo que el empresario ofrezca recoger el producto él mismo, podrá esperar a reembolsar hasta haber recibido el producto o hasta que el consumidor demuestre que ha devuelto el producto, según qué momento se produzca antes.
3. El empresario utiliza para el reembolso el mismo medio de pago que ha utilizado el consumidor, salvo que el consumidor acepte otro método. El reembolso es gratuito para el consumidor.
4. Si el consumidor ha optado por un método de entrega más caro que la entrega estándar más económica, el empresario no tiene que reembolsar los costes adicionales del método más caro.
Artículo 10 - Exclusión del derecho de desistimiento
El empresario puede excluir del derecho de desistimiento los siguientes productos y servicios, pero solo si lo ha indicado claramente en la oferta o, al menos, con la debida antelación a la celebración del contrato:
- Productos o servicios cuyo precio esté sujeto a fluctuaciones del mercado financiero sobre las que el empresario no tenga influencia y que puedan producirse dentro del plazo de desistimiento.
- Contratos celebrados en una subasta pública. Por subasta pública se entiende un método de venta en el que el empresario ofrece productos, contenido digital y/o servicios al consumidor que asiste personalmente o que tiene la posibilidad de asistir personalmente a la subasta, bajo la dirección de un subastador, y en el que el mejor postor está obligado a adquirir los productos, el contenido digital y/o los servicios;
- Contratos de servicios, tras la completa ejecución del servicio, pero solo si:
- la ejecución ha comenzado con el consentimiento previo y expreso del consumidor; y
- el consumidor ha declarado que pierde su derecho de desistimiento en cuanto el empresario haya ejecutado íntegramente el contrato;
- Viajes combinados en el sentido del artículo 7:500 del Código Civil neerlandés y contratos de transporte de pasajeros;
- Contratos de servicios de puesta a disposición de alojamiento, cuando el contrato prevea una fecha o un periodo de ejecución determinados y con fines distintos del de servir de vivienda, transporte de mercancías, servicios de alquiler de vehículos y restauración;
- Contratos relativos a actividades de ocio, cuando el contrato prevea una fecha o un periodo de ejecución determinados;
- Productos fabricados conforme a las especificaciones del consumidor, que no estén prefabricados y que se fabriquen sobre la base de una elección o una decisión individual del consumidor, o que estén claramente destinados a una persona concreta;
- Productos que se deterioren con rapidez o que tengan una caducidad próxima;
- Productos precintados que no sean aptos para ser devueltos por razones de protección de la salud o de higiene y cuyo precinto se haya roto tras la entrega;
- Productos que, tras la entrega, se hayan mezclado de forma indisociable con otros productos por su naturaleza;
- Bebidas alcohólicas cuyo precio se haya acordado al celebrarse el contrato, pero cuya entrega solo pueda producirse transcurridos 30 días, y cuyo valor real dependa de fluctuaciones del mercado sobre las que el empresario no tenga influencia;
- Grabaciones de audio y de vídeo y programas informáticos precintados, cuyo precinto se haya roto tras la entrega;
- Diarios, revistas o publicaciones periódicas, con excepción de las suscripciones a estos;
- La entrega de contenido digital que no se realice en un soporte material, pero solo si:
- la ejecución ha comenzado con el consentimiento previo y expreso del consumidor; y
- el consumidor ha declarado que con ello pierde su derecho de desistimiento.
Artículo 11 - El precio
1. Durante el plazo de validez indicado en la oferta, los precios de los productos y/o servicios ofrecidos no se incrementan, salvo las variaciones de precio derivadas de cambios en los tipos de IVA.
2. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, el empresario puede ofrecer con precios variables los productos o servicios cuyos precios estén sujetos a fluctuaciones del mercado financiero sobre las que el empresario no tenga influencia. Esa vinculación a las fluctuaciones y el hecho de que los precios que eventualmente se indiquen sean precios orientativos se hacen constar en la oferta.
3. Los incrementos de precio dentro de los 3 meses siguientes a la celebración del contrato solo están permitidos si son consecuencia de disposiciones o normas legales.
4. Los incrementos de precio a partir de los 3 meses siguientes a la celebración del contrato solo están permitidos si el empresario así lo ha estipulado y:
- son consecuencia de disposiciones o normas legales; o
- el consumidor tiene la facultad de rescindir el contrato con efectos desde el día en que entra en vigor el incremento de precio.
5. Los precios indicados en la oferta de productos o servicios incluyen el IVA.
Artículo 12 - Cumplimiento del contrato y garantía adicional
1. El empresario responde de que los productos y/o servicios se ajustan al contrato, a las especificaciones indicadas en la oferta, a las exigencias razonables de solidez y/o utilidad y a las disposiciones legales y/o normas administrativas existentes en la fecha de celebración del contrato.
2. Una garantía adicional facilitada por el empresario, su proveedor, el fabricante o el importador no limita en ningún caso los derechos y las acciones legales que el consumidor puede ejercer frente al empresario en virtud del contrato si el empresario ha incumplido su parte del contrato.
3. Por garantía adicional se entiende todo compromiso del empresario, de su proveedor, importador o productor por el que se reconozcan al consumidor determinados derechos o acciones que vayan más allá de aquello a lo que está legalmente obligado en caso de que haya incumplido su parte del contrato.
4. Es responsabilidad del consumidor comprobar si las alfombras del empresario son adecuadas para su tipo de suelo concreto. Aunque las alfombras están diseñadas para ser compatibles con la mayoría de los tipos de suelo, el empresario no puede garantizar que sean adecuadas para todos los tipos de suelo. El empresario recomienda al consumidor que pida consejo a su proveedor de suelos o a un especialista para asegurarse de su idoneidad.
Artículo 13 - Entrega y ejecución
1. El empresario actuará con la mayor diligencia posible en la recepción y en la ejecución de los pedidos de productos y en la valoración de las solicitudes de prestación de servicios.
2. Se considera lugar de entrega la dirección que el consumidor haya comunicado al empresario.
3. Teniendo en cuenta lo indicado al respecto en el artículo 4 de las presentes condiciones generales, el empresario ejecutará los pedidos aceptados con la debida diligencia y, a más tardar, en un plazo de 30 días, salvo que se haya acordado otro plazo de entrega. Si la entrega sufre un retraso, o si un pedido no puede ejecutarse o solo puede ejecutarse parcialmente, el consumidor será informado de ello a más tardar 30 días después de haber realizado el pedido. En ese caso, el consumidor tiene derecho a resolver el contrato sin coste alguno y derecho a una eventual indemnización.
4. Tras la resolución conforme al apartado anterior, el empresario reembolsará sin demora el importe que el consumidor haya pagado.
5. El riesgo de daño y/o pérdida de los productos corresponde al empresario hasta el momento de la entrega al consumidor o a un representante designado previamente y comunicado al empresario, salvo que se haya acordado expresamente otra cosa.
Artículo 14 - Transacciones de duración continuada: duración, rescisión y prórroga
Rescisión:
1. El consumidor puede rescindir en cualquier momento un contrato celebrado por tiempo indefinido que tenga por objeto la entrega regular de productos (incluida la electricidad) o de servicios, respetando las normas de rescisión acordadas al efecto y un plazo de preaviso máximo de un mes.
2. El consumidor puede rescindir en cualquier momento, con efectos al final del plazo determinado, un contrato celebrado por tiempo determinado que tenga por objeto la entrega regular de productos (incluida la electricidad) o de servicios, respetando las normas de rescisión acordadas al efecto y un plazo de preaviso máximo de un mes.
3. El consumidor puede, respecto de los contratos mencionados en los apartados anteriores:
- rescindirlos en cualquier momento y no verse limitado a rescindirlos en un momento determinado o en un periodo determinado;
- rescindirlos al menos del mismo modo en que los celebró;
- rescindirlos siempre con el mismo plazo de preaviso que el empresario haya estipulado para sí mismo.
Prórroga:
4. Un contrato celebrado por tiempo determinado que tenga por objeto la entrega regular de productos (incluida la electricidad) o de servicios no puede prorrogarse ni renovarse tácitamente por un plazo determinado.
5. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, un contrato celebrado por tiempo determinado que tenga por objeto la entrega regular de diarios, periódicos, semanarios y revistas puede prorrogarse tácitamente por un plazo determinado de tres meses como máximo, si el consumidor puede rescindir ese contrato prorrogado al final de la prórroga con un plazo de preaviso máximo de un mes.
6. Un contrato celebrado por tiempo determinado que tenga por objeto la entrega regular de productos o de servicios solo puede prorrogarse tácitamente por tiempo indefinido si el consumidor puede rescindirlo en cualquier momento con un plazo de preaviso máximo de un mes. El plazo de preaviso es de tres meses como máximo cuando el contrato tenga por objeto la entrega regular, pero con una frecuencia inferior a una vez al mes, de diarios, periódicos, semanarios y revistas.
7. Un contrato de duración limitada que tenga por objeto la entrega regular, a modo de presentación, de diarios, periódicos, semanarios y revistas (suscripción de prueba o de presentación) no se prorroga tácitamente y finaliza automáticamente al término del periodo de prueba o de presentación.
Duración:
8. Si un contrato tiene una duración superior a un año, el consumidor puede rescindirlo en cualquier momento transcurrido un año, con un plazo de preaviso máximo de un mes, salvo que la buena fe y la equidad se opongan a la rescisión antes del término de la duración acordada.
Artículo 15 - Pago
1. Salvo que se disponga otra cosa en el contrato o en condiciones adicionales, los importes adeudados por el consumidor deben abonarse dentro de los 14 días siguientes al inicio del plazo de desistimiento o, a falta de plazo de desistimiento, dentro de los 14 días siguientes a la celebración del contrato. En el caso de un contrato de prestación de un servicio, ese plazo comienza el día siguiente a aquel en que el consumidor haya recibido la confirmación del contrato.
2. En la venta de productos a consumidores, las condiciones generales nunca pueden obligar al consumidor a un pago anticipado superior al 50 %. Cuando se haya estipulado un pago anticipado, el consumidor no puede hacer valer derecho alguno sobre la ejecución del pedido o del servicio o servicios correspondientes antes de que se haya efectuado el pago anticipado estipulado.
3. El consumidor tiene la obligación de comunicar sin demora al empresario las inexactitudes en los datos de pago facilitados o indicados.
4. Si el consumidor no cumple puntualmente su obligación u obligaciones de pago, una vez que el empresario le haya advertido del retraso en el pago y le haya concedido un plazo de 14 días para cumplir aún sus obligaciones de pago, y no se produzca el pago dentro de ese plazo de 14 días, el consumidor adeudará el interés legal sobre el importe aún pendiente y el empresario estará facultado para repercutir los gastos de cobro extrajudiciales en que haya incurrido. Estos gastos de cobro ascienden como máximo a: 15 % sobre los importes pendientes hasta 2.500 €; 10 % sobre los 2.500 € siguientes y 5 % sobre los 5.000 € siguientes, con un mínimo de 40 €. El empresario puede apartarse de los importes y porcentajes mencionados en beneficio del consumidor.
Artículo 16 - Gestión de reclamaciones
1. El empresario dispone de un procedimiento de reclamación suficientemente divulgado y tramita la reclamación conforme a ese procedimiento.
2. Las reclamaciones sobre la ejecución del contrato deben presentarse al empresario de forma completa y claramente descrita, dentro de un plazo razonable desde que el consumidor haya constatado los defectos.
3. Las reclamaciones presentadas al empresario se responden en un plazo de 14 días contados desde la fecha de recepción. Si una reclamación requiere un tiempo de tramitación previsiblemente más largo, el empresario responderá dentro del plazo de 14 días con un acuse de recibo y una indicación del momento en que el consumidor puede esperar una respuesta más detallada.
4. El consumidor debe conceder al empresario, en todo caso, un plazo de 4 semanas para resolver la reclamación de común acuerdo. Transcurrido ese plazo, surge un conflicto que puede someterse al procedimiento de resolución de conflictos.
Artículo 17 - Disposiciones adicionales o divergentes
Las disposiciones adicionales o que se aparten de las presentes condiciones generales no pueden ir en perjuicio del consumidor y deben recogerse por escrito o de tal modo que el consumidor pueda almacenarlas de forma accesible en un soporte duradero.